Hace unos días se publicó la Recomendación del Consejo de 22 de mayo de 2018 relativa a las competencias clave para el aprendizaje permanente. Esta recomendación se presenta como una actualización de su antecesora, y se plantean en ella aspectos interesantes a tener en cuenta.
En esta entrada haré un comentario de esta nueva recomendación desde una perspectiva comparada, tomando como referencia la de 2006. Resulta de gran interés el texto que fundamenta la recomendación y las recomendaciones en sí mismas. El análisis de los cambios en cada competencia clave, salvo su denominación, lo dejaré para una serie que trataré aparte.
Ambas recomendaciones, la actual es una revisión y actualización de la anterior de 2006, presentan un marco de referencia sobre competencias clave necesarias para el aprendizaje permanente, que tiene como fin la formación y educación de la sociedad en su conjunto. En ambas recomendaciones, las referencias al desarrollo del trabajo y empleo suelen ser frecuentes, aunque con un peso relativo mayor en la recomendación de 2006, siendo un texto más corto que el de 2018. Desde luego, esta primera recomendación surge como fruto del Consejo Europeo de Lisboa del año 2000 y del programa Educación y Formación 2010, y más directamente de la revisión de los objetivos de Lisboa en 2005...Os sonarán los objetivos de referencia en Europa para la competencia lectora, el abandono escolar prematuro, la finalización del ciclo superior de educación secundaria o la participación de los adultos en el aprendizaje permanente...Todas estas preocupaciones, llevaron a formular una oferta de competencias clave para el aprendizaje permanente y utilizar un marco de referencia europeo con claras referencias a los jóvenes y su formación inicial, a las personas con dificultades para desarrollar su potencial y a la población adulta en general para la actualización de dichas competencias.Fundamentación de las recomendaciones
Doce años después, ¿qué nos trae la nueva recomendación? Para empezar una fundamentación mucho más extensa y con referencias a aspectos interesantes:1. Formación y aprendizaje permanente inclusivos y de calidad, como un derecho social.
2. Énfasis en las tecnologías, dada la creciente automatización de los puestos de trabajo.
3. Aunque ya se hacía mención en 2006, a los valores sociales y cívicos, al aprendizaje de idiomas o el espíritu de empresa, en 2018 se enfatizan las competencias emprendedoras y las sociales y cívicas, junto con el deseo de aumentar los niveles de lectura, matemáticas y ciencia.
4. Implementar nuevas formas de aprendizaje en una sociedad móvil y digital. Memorizar hechos y procedimientos no es suficiente y se debe enseñar y aprender: resolución de problemas, el pensamiento crítico, la habilidad para cooperar, la creatividad, el pensamiento computacional y la autorregulación.
Otro de los aspectos interesantes a resaltar en la fundamentación es que hace referencia a la necesidad de respaldar:
- Desarrollo de competencias: estableciendo buenas prácticas, mejorando el apoyo y formación a docentes, mediante la actualización de métodos y herramientas de evaluación y validación, fomentando formas innovadoras de enseñanza y aprendizaje: aprendizaje orientado a competencias.
- Validación de competencias: se trata de reconocer la adquisición de competencias teniendo en cuenta también los aprendizajes adquiridos en contextos no formales e informales. Los procesos de evaluación van a adquirir una gran importancia.
- Oferta de competencias: todas las adaptaciones se han hecho atendiendo a la mejora de las capacidades básicas, el aprendizaje de idiomas, la perfección de competencias digitales y emprendedoras y el impulso de los valores comunes para el funcionamiento de nuestras sociedades. Asimismo, creo que estas recomendaciones dan gran importancia a los Objetivos del Desarrollo Sostenible, en especial al objetivo 4.7:
También aparecen de manera más o menos explícita marcos de referencia como el de la Lenguas, DigComp o EntreComp, marco de referencia de competencias para una cultura democrática o la educación científica y arte (proyectos CTIM o CTIAM, por sus siglas en español).
A partir de esta fundamentación se desarrollan las cinco recomendaciones.
Definición de competencia
En 2006, competencia se definía como: una combinación de conocimiento, capacidades y actitudes adecuadas al contexto. Y se continuaba especificando que las competencias clave son aquéllas que todas las personas precisan para su realización y desarrollo personales, así como para la ciudadanía activa, la inclusión social y el empleo.
En esencia poca cosa ha cambiado en 2018. Se especifica a qué se refiere con conocimientos, destrezas (capacidades en la traducción española, a mi juicio una mala traducción de skills) y actitudes:
a) los conocimientos se componen de hechos y cifras, conceptos, ideas y teorías que ya están establecidos y apoyan la comprensión de un área o tema concretos;
b) las capacidades se definen como la habilidad para realizar procesos y utilizar los conocimientos existentes para obtener resultados;
c) las actitudes describen la mentalidad y la disposición para actuar o reaccionar ante las ideas, las personas o las situaciones.
En cuanto a qué se considera como competencia clave, se incluyen algunos aspectos más de los ya aparecidos en 2006: para el éxito en la vida en sociedades pacíficas, modo de vida saludable o estilo de vida sostenible. Y cambia ligeramente inclusión social por integración social o empleo por empleabilidad. Como aspecto diferenciador se dice que se desarrollan con una perspectiva de aprendizaje permanente y mediante el aprendizaje formal, no formal e informal en todos los contextos (familiar, centro educativo, lugar de trabajo, entorno y otras comunidades). Es sin duda, un avance no demasiado explotado en el anterior marco a tener muy en cuenta en el futuro.
Finalmente, tal como aparecía ya en 2006, se aclara que todas las competencias clave son igualmente importantes, que se solapan y entrelazan; y también aparecen los aspectos transversales a ellas: el pensamiento crítico, la resolución de problemas, el trabajo en equipo, las capacidades de comunicación y negociación, las capacidades analíticas, lacreatividad y las capacidades interculturales.
¿Qué competencias clave?
Cambia algún aspecto de su nombre y descripción, pero esencialmente son las mismas. Como decía anteriormente, dedicaré una sección en este blog a ir desarrollándolas. Aquí dejo una tabla comparativa y enlaces a documentos interesantes que amplían su desarrollo:
2006
|
2018
|
Comunicación en lengua materna
|
Competencia en lectoescritura
|
Comunicación en lenguas extranjeras
|
Competencia multilingüe
|
Competencia matemática y competencias básicas en ciencia y tecnología
|
Competencia matemática y competencia en ciencia, tecnología e ingeniería
|
Competencia digital
|
Competencia digital (ver DigComp)
|
Aprender a aprender
|
Competencia personal, social y de aprender a aprender
|
Competencias sociales y cívicas
|
Competencia ciudadana (ver Key Citezenship Competences Framework)
|
Sentido de la iniciativa y espíritu emprendedor
|
Competencia emprendedora (ver EntreComp)
|
Conciencia y expresiones culturales
|
Competencia en conciencia y expresiones culturales (ver Cultural Awareness and Expression Handbook)
|
Los cambios más relevantes, así a primera vista, se refieren a la competencia de aprender a aprender y las competencias sociales y cívicas. En 2018, aprender a aprender integra los aspectos sociales y alguno más personal, además del aprender a aprender; y las competencias sociales y cívicas se quedan en las cuestiones que afectan a la ciudadanía.
Evaluación y validación del desarrollo de competencias
En el anexo del texto de la Recomendación se hace mención al respaldo al desarrollo de competencias clave y a la superación de determinadas dificultades encontradas hasta ahora. Entre las acciones a desarrollar se citan tres:
a) utilización de una diversidad de planteamientos y contextos, recomiendo encarecidamente a los educadores su lectura,
b) apoyo al personal académico, y
c) evaluación y validación del desarrollo de competencias.
Respecto a este último punto son varios aspectos los que se recomiendan, y que de una manera u otra he ido también señalando en las entradas dedicadas a la evaluación de competencias. En especial el que las competencias habrían de traducirse en marcos de resultados de aprendizaje y complementar su evaluación con evaluaciones de diagnóstico, formativas y sumativas. Esto va a requerir, sin duda, del uso de tecnologías digitales para captar los avances en múltiples dimensiones y en distintos contextos de aprendizaje (también los no formales o informales) disponibles para todas las personas.
Lo que parece obvio es que el futuro de la evaluación está asegurado, siempre y cuando se trabaje en pos de unos métodos e instrumentos que superen los existentes. Por ejemplo, no es posible evaluar todas las dimensiones de la competencias con cuestionarios cognitivos, ni tampoco todas las competencias podrán ser reportadas en cuanto a su desarrollo desde enfoques de evaluación externa. Deberán entrar en juego, como señala la recomendación, los procesos de autoevaluación; el uso de descriptores de niveles y la demostración de evidencias de todo tipo para validar esos niveles, la evaluación de aula... Nada parecido a nuestros sistemas de "calificación" de aprendizajes y todo un cuestionamiento a la obtención de titulaciones que actúan como "patente de corso" para seguir avanzando en las distintas etapas de la educación formal. Esté será un futuro debate en la Educación Secundaria Obligatoria (véase: Tiana, el secretario de Estado de Educación que aboga por eliminar los títulos de la ESO)
Como casi siempre, aprovecho para reivindicar otra forma de evaluar en la escuela, alejada de la "pseudomedida" que practicamos de los aprendizajes. Esa disfrazada de objetividad científica y de posicionamientos incuestionables desde el punto de vista numérico (aunque se hagan verdaderas atrocidades con los números), pero absolutamente intuitiva y carente de fundamento desde el punto de vista de lo que se pretende medir: el aprendizaje. Se sigue sin saber nada sobre qué representa un 6, un 4 o un 9, en términos de descripción de aprendizajes. Básicamente porque todo el diseño de la evaluación, en general, no se apoya en la descripción en términos de resultados de aprendizaje de las competencias o áreas que se pretenden evaluar.
Como casi siempre, aprovecho para reivindicar otra forma de evaluar en la escuela, alejada de la "pseudomedida" que practicamos de los aprendizajes. Esa disfrazada de objetividad científica y de posicionamientos incuestionables desde el punto de vista numérico (aunque se hagan verdaderas atrocidades con los números), pero absolutamente intuitiva y carente de fundamento desde el punto de vista de lo que se pretende medir: el aprendizaje. Se sigue sin saber nada sobre qué representa un 6, un 4 o un 9, en términos de descripción de aprendizajes. Básicamente porque todo el diseño de la evaluación, en general, no se apoya en la descripción en términos de resultados de aprendizaje de las competencias o áreas que se pretenden evaluar.
9 comentarios:
Buenas tardes Javier, muchas gracias por compartir tanta información y tan exhaustiva. Respecto a las nuevas competencias del 2018, ¿sabemos cómo se hacen sus siglas?, ¿se mantienen las antiguas y sólo aparecen nuevas en competencias que antes no existían como tal?, ¿o todas son nuevas? ¡Gracias de antemano!
Hola Marta,
En primer lugar, gracias a ti por leer y seguir el blog.
Respecto a las nuevas competencias 2018 no existe aún normativa aplicable en nuestro sistema educativo. Así que se mantienen de momento todas las antiguas.
Las nuevas son en algunos casos una mezcla de antiguas por ejemplo Aprender a Aprender con Competencias sociales y cívicas y Sentido de la iniciativa y espíritu emprendedor; otras son matizaciones Competencia en lectura y escritura; otras han ampliado o reorganizado su marco de subcompetencias o conocimientos, destrezas y actitudes implicadas: competencia digital, competencia matemática...
Muchas gracias Javier, aunque solo te conozco de referencias, te agradezco mucho el trabajo que haces por todo lo que aporta. Estoy seguro que seguiré aprendiendo a través de tu blog. Todo el contenido es importante, pero creo que seguir aclarando la evaluación en su planteamiento más teórico y práctico será de gran ayuda para avanzar en la enseñanza y el aprendizaje de las competencias.
Muchísimas gracias por el resumen y las anotaciones. El texto es tedioso y se agradece tu claridad expositiva.
Hola Javier,
muchas gracias por todas tus aportaciones y análisis sobre los diferentes aspectos relacionados con la evaluación.
No me queda claro cuál es la diferencia entre estándares de aprendizaje, resultados de aprendizaje e indicadores de logro estos últimos no aparecen reflejados en entre los elementos del currículo oficial.En una entrada planteas esta cuestión.Sin embargo, en otra entrada,en la infografía el título es resultados de aprendizaje, y los subtítulos criterios de evaluación, metas,estándares de aprendizaje.
¿qué quiere decir exactamente que las comunidades autónomas desarrollarán sus currículum a partir del básico?/en qué se concreta?
Agradecería, tus aclaraciones.
Otra consulta es respecto a la aplicación de este enfoque por competencias para la asignatura de inglés(me interesa en particular )ESO y Bachillerato.
A diferencia de otras materias en el currículo oficial no están numerados los criterios de evaluación, ¿a qué se debe?
Nota: actualmete no ejerzo como docente
Agradezco tu atención
Un saludo
Pilar
Hola Pilar, respondo como si fuera un usuario. Los comentarios no dejan posibilidad de réplica y sólo podrás leer mis respuestas si accedes desde aquí. Lo mejor es que me envíes al correo las preguntas y te contesto por ahí, para futuras ocasiones.
Al respecto de tus cuestiones, voy a ir por partes, los dos primeras las tienes en 1) contestadas:
1) La diferencia entre estándares de aprendizaje evaluables y de criterios de evaluación la puedes determinar en las definiciones que se hace en los Reales Decretos de currículo, tanto el de Ed. Primaria (RD 126/2014) como el de ESO, Bachillerato (RD 1105/2014). Esto en España. En otros países los estándares son otra cosa, quizá equivalentes a los criterios de evaluación de EI, EP, ESO y Bachillerato. Estos decretos nombran en algún momento a los resultados de aprendizaje, pero luego no han tenido un desarrollo curricular, ni definición ni nada por el estilo...En otros sistemas sí aparecen como equivalentes a los criterios de evaluación (especialmente en Ed. Superior). Y en la Formación Profesional del Sistema Ed. Español sí aparecen, también equivalentes a los criterios de evaluación del resto de etapas, y se desarrollan en criterios de evaluación. Complejo, ¿no? Pues el acercamiento de la FP es el que me parece más correcto en cuanto a respeto por el sentido de los términos.
En cuanto a los indicadores de logro, algunas comunidades autónomas los han definido como concreción de los criterios de evaluación y efectivamente no suelen ser prescriptivos (al menos en alguna comunidad autónoma como donde ejerzo como docente: Com- Valenciana). Papel que por otra parte juegan los estándares de aprendizaje evaluables (EAE) a nivel estatal (lo tienes en su definición: concreción de los criterios de evaluación).
Resultado: caos conceptual, en parte motivado porque los RRDD sólo fijan los criterios de evaluación y los EAE al final de las etapas (EP, ESO) y el 1r ciclo de ESO (3º ESO), y los dos niveles de Bachillerato. Y esto hizo que las CCAA completasen su concreción curricular de distintas formas, generalmente en forma de Decretos de currículum (concreción de los Reales Decretos anteriormente mencionados), 17 formas distintas en concreto.
Por eso en la infografía al final resumo todos esos elementos en el concepto de resultados de aprendizaje: lo que se espera que alcance el alumnado al final de un período formativo y que en esencia tiene la sintaxis que se describe. Sintaxis y concepto que comparten todos esos elementos independientemente del nombre que lleven.
2) No te puedo contestar concretamente sobre la falta de numeración de los criterios de evaluación de la asignatura de inglés, porque no sé en qué comunidad autónoma vives. Si en el resto de asignaturas están numerados y en esta no, posiblemente sea un error. De todas formas es lo de menos para aplicar un enfoque competencial. Lo de más, es que al menos, estén esos criterios de evaluación relacionados (y bien) con las distintas competencias clave y cómo estos aprendizajes que describen son funcionales a la hora de proponer tareas, actividades, ejercicios... en tu asignatura; y que permitan al alumnado evidenciarlos, y por consiguiente evaluar su grado de consecución.
Espero haberte ayudado.
Un saludo
Javier, muchas gracias por tus aclaraciones
En mi pregunta "A diferencia de otras materias en el currículo oficial no están numerados los criterios de evaluación, ¿a qué se debe?", me refiero al estatal, lo he vuelto a mirar y no aparecen numerados los criterios de evaluación, a diferencia de otras materias.
Es más, (y se me complica entenderlo, ¿puedes orientarme?), en la introducción del currículo de inglés como LE en el currículo estatal aparece al final dice"... Los contenidos, criterios y estándares están organizados en cuatro grandes bloques que se corresponden con las actividades de lengua mencionadas, eje de las enseñanzas de la materia. Las relaciones existentes entre estos tres elementos del currículo básico no son unívocas, debido a la especial naturaleza de la actividad lingüística; esto supone que, para cada una de las tareas comunicativas listadas y descritas en los estándares, habrá de incorporarse el conjunto de los contenidos recogidos para cada bloque de actividad respectivo; de la misma manera, para evaluar el grado de adquisición de cada uno de los estándares de aprendizaje de una determinada actividad de lengua, habrán de aplicarse todos y cada uno de los criterios de evaluación recogidos y descritos para la actividad correspondiente".
Por otro lado, he comparado el de inglés de la Comunidad valenciana, y aparecen especificados 5 (?) bloques de contenidos, y los criterios de evaluación (relacionados con las competencias), visualmente no consigo identificar bien qué contenidos se corresponde con los criterios, aunque aparece (por ej, esto B1.1).En el de Comunidad de Madrid, solo aparecen reproducidos los 4 bloques de contenidos que recoge el estatal.
Bastante complejo conceptualmente todo este tema.
Me mantengo a la espera de tus orientaciones, mientras tanto sigo leyendo tu blog.
Gracias
Hola Javier,
Agradecería tus orientaciones en relación a las cuestiones que te planteaba en el mensaje en el blog del 30 de Mayo.
Un cordial saludo
Pilar
Hola Pilar, puedes enviarme tu correo ye respondo por ahí. Es que creo que es el medio idóneo. Mi correos es jcortes.delasheras@gmail.com
Publicar un comentario